Студопедия
Случайная страница | ТОМ-1 | ТОМ-2 | ТОМ-3
АрхитектураБиологияГеографияДругоеИностранные языки
ИнформатикаИсторияКультураЛитератураМатематика
МедицинаМеханикаОбразованиеОхрана трудаПедагогика
ПолитикаПравоПрограммированиеПсихологияРелигия
СоциологияСпортСтроительствоФизикаФилософия
ФинансыХимияЭкологияЭкономикаЭлектроника

Sentencia del Tribunal Constitucional

CAPITULO I TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO | MAGISTRADOS SUPLENTES | Las causales de improcedencia del amparo | PROCESO DE CUMPLIMIENTO | PROCESO COMPETENCIAL |


Читайте также:
  1. CAPITULO I TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PERUANO
  2. CAPITULO II ESTRUCTURACION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Según con el Artículo 204º de la constitución, el TC al emitir sentencia y fallar que una ley es inconstitucional, ésta se publicará en el diario oficial “El Peruano”, la cual queda sin efecto al otro día de la publicación. No tiene efecto retroactivo, para Morales, j. (200). “Significa ello que sus efectos se producen hacia el futuro. Todos los actos jurídicos realizados con anterioridad a la sentencia son válidos, en conclusión, sus efectos son hacia el futuro, y son erga omnes”.

PRECEDENTE

De acuerdo con el título preliminar del Artículo VII del CPC, las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando así lo exprese la sentencia, precisando el extremo de su efecto normativo. Cuando el Tribunal Constitucional resuelva apartándose del precedente, debe expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la sentencia y las razones por las cuales se aparta del precedente. Cabe aclarar que el precedente tiene rango constitucional la cual, es la interpretación entre una ley y la constitución la cual es una regla general. Cuando el juez da el fallo menciona si promulga un precedente o lo deroga (overruling).

1.10. QUÓRUM

Según el Artículo 5º de la Ley Orgánica del TC, El quórum del TC es 5 de los 7 miembros, la sala plena cuando resuelve y adopta acuerdos es de acuerdo por la mayoría simple (4 votos) en caso de las Acciones de Garantías Constitucionales. Pero cuando es para declarar la inconstitucionalidad de una norma exigen 5 votos conformes, al no alcanzarse esos votos esa norma impugnada se declarará infundada en la sentencia dictada por el colegiado.

El tribunal no deja de resolver los casos y los magistrados no pueden dejar de votar, sea a favor o en contra (voto singular) y los fundamentos se emiten en la sentencia. Para conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de los procesos de amparo, hábeas corpus, hábeas data y de cumplimiento, iniciadas ante los jueces respectivos, el Tribunal está constituido por dos Salas, con tres miembros cada una. Las resoluciones requieren tres votos conformes. En caso de no reunirse el número de votos requeridos cuando ocurra alguna de las causas de vacancia que enumera el artículo 16 de esta Ley, cuando alguno de sus miembros esté impedido o para dirimir la discordia se llama a los miembros de la otra Sala, en orden de antigüedad, empezando del menos antiguo al más antiguo y, en último caso, al Presidente del Tribunal.


Дата добавления: 2015-11-14; просмотров: 52 | Нарушение авторских прав


<== предыдущая страница | следующая страница ==>
Sistema Mixto| CAPITULO II ESTRUCTURACION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

mybiblioteka.su - 2015-2024 год. (0.008 сек.)